A vueltas una vez más con el modelo de dirección pública profesional.
Motiva esta entrada la utilización por parte del nuevo gobierno de coalición,
de la salvedad legislativa que permite que el personal directivo pueda no
reunir la condición de funcionario, condición -la de ser obligatoriamente funcionario de grupo A1- consolidada profusamente por la
antigua LOFAGE, dando lugar a lo que el maestro Ramió entre otros ha denominado
“spoil system de circuito cerrado”.
A este respecto vaya por delante que el modelo al que debe tender España
es, a mi opinión, el modelo de Dirección pública profesional, por lo tanto un
modelo en el que se acredite fehacientemente el poseer una alta competencia en
funciones directivas. Dicho esto, lo relevante –y eso motiva esta entrada– no
es tanto si el can es galgo o podenco (funcionario o no) como sí se poseen o
no dichas competencias directivas.
Esta entrada tiene su origen también en el hecho de poder diferenciar, con
justicia, culpas y procedimientos pues al gobierno actual se le ha criticado
duramente por los efectos de un sistema directivo público atrasado en
perspectiva comparada con el resto de Europa y eso por desgracia no es un
déficit de nuevo cuño.
No he podido analizar porqué se ha utilizado la figura del directivo
público –no funcionario– ; y si ello se hace para colocar afines sin bagaje
directivo suficiente critiquémoslo; pero me da la impresión de que la crítica
tiene un cierto “tufo” corporativista, y escribe esto quien es servidor público
al que le podría interesar ese corporativismo… Si somos puristas, con un modelo
profesional de función directiva como en buena parte de europa, nos debe
preocupar que lleguen a la función directiva las más preparadas, independientemente
de que sean o no funcionarias. La apertura o no de la DPP a externos a la función pública se puede acotar, justificar, etc; pero lo habitual en los modelos desarrollados de DPP es que, más o menos acotada, se permita. De hecho, todos conocemos excepcionales
funcionari@s que son excepcionales por su labor de estudio, informe o
auditoría, pero que sospechamos que serían nefastos como directiv@s como nos
recuerda constantemente el maestro Jiménez Asensio.
Extendamos pues los 100 días de gracia también a como se están cooptando el
personal directivo, y si descubrimos por el medio al primo, al vecino o al
amigo y carecen de competencias directivas critiquémoslo a conciencia.
Por último, recordar que el circuito de legitimidad democrática es el
validado por las urnas, no lo estrangulemos tecnocráticamente, dejemos que se
hagan los equipos desde la suficiencia, pero no obstaculicemos la
implementación de las políticas públicas con aspectos corporativistas, la
función directiva pública profesional no es eso sino todo lo contrario. Que nos
dirijan las mejores no las “mucho funcionarias”, más funcionarias y de más alto
rango o escalafón jerárquica…
Todo esto se podría arreglar en buena medida trabajando un modelo de acreditación
de competencias directivas, como una y otra vez nos recuerda ese activo “think
tank” de la Asociación para la Dirección Pública, al que a ver si de una vez la
política le hace caso…
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