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domingo, 23 de febrero de 2020

Selección por competencias del personal directivo público


Entrada destinada a indagar en en cuáles son las características básicas del perfil profesional de personal directivo público y profesional. Se admiten sugerencias, críticas y reflexiones al respecto. 
Esta entrada se hace necesaria desde el punto y hora en que algunos autores, trasladan el cambio en la concepción del funcionamiento de la Administración y de la búsqueda de la calidad en la gestión, al propio perfil y nuevo estilo del personal directivo como condición necesaria para promover el cambio.

Esta tarea de señalamiento de las principales características del perfil directivo viene precedida de la clásica y muy extendida estructuración de las esferas de gestión en que se mueve la dirección pública (Moore, 1995); y por lo tanto por la necesidad de preocuparnos por el contexto de la función directiva y sus requerimientos. En este sentido, según Moore debemos contemplar:
            1.– Gestión estratégica: teniendo claros los objetivos, misión y recursos de la organización (Pollit y Bouckaert, 2000; Villoria, 2001a). Este aspecto ha sido tradicionalmente orillado en las Administraciones públicas.
            2.– Gestión del entorno político: (Longo, 2003), en cuanto al trato con el entorno político y participativo (agentes sociales, grupos de interés, asociacionismo), especialmente dado el paradigma de la gobernanza.
            3.– Gestión operativa: orientada a distribuir los recursos humanos y materiales en función de las estrategias y objetivos establecidos. Implica un conocimiento importante del funcionamiento de las Administraciones Públicas, en términos entre otros, de contabilidad, recursos humanos, finanzas y presupuesto público, servicios jurídicos o calidad y seguridad de la información pública.
Teniendo presentes estas categorías de gestión como claves para el entendimiento de la labor del directivo público, con la precaución apuntada por Longo (2003) de no minusvalorar las dos primeras –estratégica y política–, cabe empezar por recordar que el perfil del directivo público clásico venía mostrando como principales capacidades las de la preocupación por la legalidad, la acumulación de conocimientos técnicos del área correspondiente a su cuerpo (Villoria 2000: 285) y el seguimiento de una política en la que no participaba sino que obedecía. 
Por el contrario, el nuevo directivo ha de estar adaptado a un entorno complejo (Longo, 2003; 2008: 15-21) y de certidumbre escasa, de enorme exposición pública (redes sociales y mass media) y un gran número de actores presentes (Jiménez, 2006: 22), la ambigüedad de sus roles o la distancia entre los circuitos de poder formal e informal. Constatamos así, que el directivo público se mueve en el nuevo contexto de la gobernanza, que implica poseer aptitudes para trabajar en ámbitos participativos lo que añade, sin duda, un plus de complejidad a su tarea (Longo, 2008: 16) y una importante capacidad de adaptación (Parrado, 2001).
Se ha de destacar la posición clave que está adoptando el concepto de “competencia” como clave de bóveda de cualquier sistema de selección. La tendencia actual en recursos humanos es hacer pivotar cualquiera de los subsistemas de personal sobre el concepto de competencia. En concreto, en el subsistema selectivo, parece de forma natural que las competencias a desarrollar en el puesto de trabajo se correspondan con las competencias que se han de demostrar en los procesos selectivos para obtener candidatos a esos puestos de trabajo. Mediante este sistema de alto valor estratégico se ensamblarían las necesidades de los puestos de trabajo con el perfil profesional requerido para su correcto desempeño. Consecuentemente a la adopción de un sistema de “selección por competencias” debería darse una intensa labor de definición exhaustiva de cada puesto directivo, identificando correctamente las competencias necesarias en cada puesto; definición de competencias-puesto que nutriría de información esencial el diseño de los procesos selectivos.
La selección por competencias, válida para la selección de directivos, pero tendencia general también en selección de empleados públicos, constituye una de las líneas principales que se asientan con mayor consistencia en el entorno de la selección de efectivos tanto en las organizaciones privadas como públicas.
La selección de competencias abre el abánico de las capacidades a demostrar superando el plano de las competencias meramente cognitivas y atacando otras capacidades como la disponibilidad, la vocación de servicio, la actitud, la asertividad, la creatividad, la flexibilidad, el nivel de estress soportable, etc.
Como ha comprobado Delgado en sus investigaciones sobre factores determinantes en los procesos de selección, las competencias cognitivas son un factor importante, pero desde luego no el único y esto se puede extender tanto al personal público en general como al personal directivo que aquí nos ocupa.
Un sistema de selección por competencias permitiría también conectar los requisitos exigidos en el puesto de trabajo con el conjunto de competencias (cognitivas, habilidades, actitudes o destrezas) que se han de reunir y que por tanto han de guiar los proceso de selección de candidatos al puesto.
Profundizando en el sistema anterior podría llegar a disponerse de una base de datos de las competencias requeridas, por tanto una mejor descripción de los puestos de trabajo, una correcta catalogación de puestos y, en definitiva un sistema de información esencial para hacer funcionar variados subsistemas de personal como los de selección, retribuciones, provisión, o formación entre otros.

Características: conocimientos, habilidades y actitudes

Para el diseño de los rasgos del personal directivo público –que cumpla también con su caracterización como líder– , podemos comenzar con señalar el estudio delphi realizado en la AGE sobre la modernización de los procedimientos de actuación en la Administración parece alcanzar conclusiones semejantes, ya que en uno de sus ejercicios sobre el perfil que los directivos públicos sugieren que debe tener su rol, un 87% del personal entrevistado indicó como principal factor la capacidad de organización y comunicación (MAP, 1991: 66; Matas, 1996: 272), la capacidad para dirigir equipos (80%) y la iniciativa y la automotivación (78%); a lo que habría que unir la profesionalidad señalada como característica clave en el similar estudio realizado por Matas (1996: 270).
Además, cabe destacar que el estudio de los rasgos del líder idóneo ha dado lugar a múltiples investigaciones académicas (a raíz de la búsqueda de explicaciones al fenómeno de los fascismos del siglo XX) y que finalmente no se pueden destacar conclusiones del todo definitivas.
Sintetizando las competencias del directivo público, utilizamos a modo de compilación las notas caracterizadoras con ocasión de los trabajos preparatorios de la CEBEP (2005), el citado estudio DELPHI y la obra de diversos autores con el fin de exponer los rasgos sobre capacidades, aptitudes y actitudes más relevantes del rol directivo. Este conjunto de cualidades, que buscando una definición global definiríamos como “competencias directivas y de liderazgo” suele desglosarse en:

— La orientación al “riesgo razonable”, la acción y los resultados (Appleby, 1949; Kirkpatrick y Locke, 1991) junto a una actitud prospectiva o de anticipación (Mayor, 2007).
— El conocimiento de la organización[1] así como el conocimiento técnico (pericia) de las políticas públicas emprendidas, su contexto y las reglas dominantes (Parrado, 2001)
— El espíritu innovador, la creatividad y la originalidad (Kirkpatrick y Locke, 1991).
— La habilidad cognitiva e inteligencia suficiente para integrar e interpretar grandes cantidades de información (Kirkpatrick y Locke, 1991).
— El ejercicio del liderazgo ético con gran presencia de valores (Villoria, 2001a; Oltra, 2008: 149).
— La automotivación y cierta visión optimista (Marina, 2008; Duró, 2008).
— El pensamiento analítico aplicado a la capacidad de toma de decisiones y la capacidad para la planificación estratégica (Katz, 1955: 33-42; Ministére, 2005: 8) o la dirección de proyectos (Gorriti, 2010).
   La capacidad para seleccionar y trabajar con equipos idóneos (Villoria y Del Pino, 1997; Moraleda, 2007), un alto grado de sociabilidad estableciendo buenas relaciones interpersonales, comunicando persuasivamente con empatía (Etzioni, 1993: 396; Parrado, 2001: 133; Gorriti, 2010) y, en definitiva, motivar (Selznick, 1949; Mendoza, 1990: 287; Marina, 2008; Ramió, 2010; Gorriti, 2010).
   La capacidad de intermediar, negociando, los inevitables conflictos periódicos existentes (Selznick, 1949; Lawrence y Lorsch, 1993; Gorriti, 2010). Por tanto, una alta capacidad de negociación previa que deberá ser entrenada y profundizada posteriormente en la fase de formación directiva.
   La autoconfianza (Kirkpatrick y Locke, 1991), la madurez emocional o la tolerancia al stress (Yukl, 1994; Nye, 2011)[2].
   Una alta dosis de flexibilidad para adaptarse a continuos cambios en las situaciones o contextos de trabajo.

De forma ordenada –aunque no de forma exhaustiva– tendríamos los siguientes bloques de competencias directivas

CONOCIMIENTOS:

- Técnico del sector
- De contexto
- De las normas formales (legislación)
- De las normas informales (cultura y rituales)
- De instrumentos de apoyo a la toma de decisiones
- Técnicas de planificación estratégica

APTITUDES (HABILIDADES Y DESTREZAS):

- Visión estratégica
- Capacidad de análisis general y de grandes cantidades de información
- Capacidad para la toma de buenas decisiones
- Gestión del estrés y del conflicto
- Capacidad de negociación y persuasión (conocimiento técnico de la negociación)
- Motivación y optimismo
- Autoconfianza
- Capacidad de cambio y adaptación a entornos de incertidumbre

ACTITUDES: VALORES

- Orientación al riesgo “razonable” y a la acción (proactividad)
- Orientación a la gestión por resultados y a la transparencia
- Vocación de servicio público e interés por participar en la evolución de la sociedad
- Ética bien asentada, tanto en el perfil público como en el privado
- Actitud prospectiva, de anticipación
- Socialización en la valía y creación de entornos innovadores y de creatividad
- Trabajo en equipo y humildad para rodearse de l@s mejores
- Sociabilidad (alta disposición a la relación social y a interacción)
- Coherencia (entre lo que se emite a nivel discursivo y la forma de actuar)

Sistema de selección, extracción y pruebas
Si se busca profesionalizar la función directiva, esta ha de regirse por criterios profesionales y de experiencia, buscando candidatos idóneos, mediante una selección específica para directiv@s (Villoria, 2000) que cumplan con las competencias previamente definidas para el puesto. Se reducirían así las enormes posibilidades abiertas tradicionalmente a la selección por “libre designación”, modelo predominantemente politizado (Villoria, 2000: 285; Jiménez, 2006: 33), con independencia de que se puedan tener en cuenta la pertenencia a la función pública como un mérito de gran importancia para el desempeño de funciones directivas, por el conocimiento del entorno que presupone (y que puede llegar a pesar mucho en un baremo de selección).
La justificación a esta designación profesional, puede venir dada en cierta medida por el argumento de Palomar (2006) que ve en el hecho de que dichas funciones no estén asignadas a ningún cuerpo funcionarial una baza para avalar la ampliación de la extracción directiva al ámbito privado. Además, también es necesario advertir, a poco que revisemos los programas de temarios de acceso a los cuerpos superiores de cualquier Administración, que, como indica Villoria (2000) u Ortega (2010), los conocimientos obtenidos y demostrados en el proceso de selección para el ingreso en la función pública, no garantizan en absoluto que se reúnan competencias directivas. Junto a lo anterior, y como reconoce el propio Informe CEBEP (2005), aunque existía una tibia selección con criterios de profesionalidad a tenor de la LOFAGE, esta se hacía sin elementos objetivos de comprobación.
No obstante, si bien se defiende que la extracción de la clase directiva debería contener criterios profesionales, entre estos debe pesar de forma importante el pertenecer a la Administración pública, pues se aporta un conocimiento del entorno que ha de ser puesto en valor. Catalá lo define como “sistema mixto” (2005: 219) en el que los mejores son elegidos para el desempeño de los puestos directivos en función de su perfil de competencias, la experiencia acreditada y su calidad profesional. Modelo en el que, sin duda, la singularidad de la gestión pública y sus especiales requerimientos de capacidades, conocimientos y experiencia orientará la selección a favor de los profesionales de la propia organización, sin menoscabo de que la búsqueda de los más capacitados no puede permitir la exclusión ab initio de buenos candidatos por el hecho de no pertenecer a la función pública.
En todo caso, este –el del conocimiento del sector público– no ha de ser un criterio eliminatorio o requisito imprescindible, sino un criterio a ponderar con suficiente peso en la selección dado que, como señala el MAP (1992: 19), el conocimiento del contexto es necesario en el perfil directivo[3].
Lo que no parece idóneo a nuestro entender, siguiendo a Sánchez Morón (2001: 94) u Ortega (2010), es que la función directiva sea planteada como el último peldaño de la carrera administrativa –como pasa por ejemplo en Francia–, y ello por mucho que pueda molestar a la doctrina administrativista (Monereo y Molina, 2008: 194), pues un directivo aporta un plus de competencias que no tienen por qué poseer necesariamente los funcionarios, aun cuando hayan demostrado ser excelentes profesionales en su desempeño del servicio público[4] (Gorriti, 2011: 54; Jiménez, 2019). 
Como han señalado Sánchez Morón (2007: 110) y Ramió (2008: 18), estos criterios de profesionalidad han de ser combinados con un cierto criterio de confianza o afinidad, como defiende el Informe CEBEP (2005: 66), que podría englobarse en el concepto de “idoneidad” (Monereo y Molina, 2008: 192). Esta “afinidad de objetivos” sería evaluada como un ítem más del proceso, y se referiría a la participación de las estrategias y filosofías de organización establecidas. Se intenta con ello no perder de vista el hecho de que de lo que se trata es de poner en marcha políticas públicas democráticamente legitimadas evitando el error de sustituir el tradicional y combatido peso de los cuerpos burocráticos (Barzelay, 1992), por el peso de los cuerpos directivos (Hood, 1991: 9; Gorriti, 2011: 54)[5].
Una última reflexión sobre la selección de directivos nos debería llevar a la necesidad, ya apuntada, de que el sistema genere confianza y para ello es requisito imprescindible que la aplicación del mismo se lleve a cabo por expertos en la selección de perfiles directivos (Jiménez, 2006; Catalá, 2005). De nada valdrá la mejor definición de perfiles directivos, contar con candidatos adecuados y aplicar técnicas de selección que garanticen el “producto deseado” si quienes ejercen la función de selección no son verdaderos expertos en la materia.
Esta es, como se sabe, una de las carencias habituales de los procesos selectivos de las Administraciones –componer los órganos selectivos con excelentes funcionarios ajenos al conocimiento de las técnicas de selección–. Cualquier aspecto psicosocial de un candidato es objetivable en un sistema de selección, por tanto las técnicas existen y solo resta que quienes las apliquen sean conocedores de sus procedimientos y posibles problemas. Como recuerda Jiménez (2006: 161) es en los puestos directivos donde la capacitación de quien selecciona tiene un valor estratégico y, por lo tanto, contar con personas expertas dedicadas a estas funciones es una necesidad que ninguna organización que anualmente selecciona decenas de directivos se debería permitir poner en manos de amateurs.


[1]Los conocimientos han de ser considerados en todo caso como un factor más a tener en cuenta en un directivo público y no el valor prevalente como tradicionalmente ha sido tratado.
[2]Estas características funcionan para demostrar la eficacia directiva, sea cual sea el estrato considerado.
[3] No se juzga preciso aun así, llegar al extremo del artículo 23 de la Ley 28/2006 de agencias estatales, que preceptúa para sus procesos de selección de directivos el criterio de que la selección se realice con el carácter de preferentemente funcionarios o el establecimiento de porcentajes a repartir entre directivos de extracción pública y directivos políticamente designados, como se aborda en el senior executive service (Villoria, 2000: 287). La debida ponderación del conocimiento interno de la función pública, a desarrollar en todo caso normativamente o por criterios objetivos de los órganos de selección, sería suficiente para el propósito último de no desperdiciar dichas capacidades.
[4] No obstante, según advierte la OCDE (2004), una apertura generalizada de los puestos al personal externo puede tener un efecto desmotivador entre los funcionarios de carrera (Parrado, 2001a: 159) y el riesgo de fomentar el clientelismo o el antiguo sistema de patronazgo (Ramió, 2008: 14). Cabe destacar respecto a la selección la opción apuntada por Ramió (2008: 19) en el sentido de que se constituyan bolsas de reclutamiento de directivos a modo de listas en las que se incluyan personas que hayan recibido la acreditación profesional para el desarrollo de funciones directivas públicas.
[5] A este respecto cabe señalar precisamente que con la crisis son muchas las voces que abogan por la puesta en valor de los técnicos, de los especialistas, frente a criterios partidistas subjetivos que se han mostrado desastrosos en muchos casos. Esta tendencia, entendible en este momento, no puede ser compartida por nosotros, pues en su extremo razonamiento daría alas a discursos del “gobierno de los tecnócratas” o, en palabras de Villoria (2000: 284), a un sistema mandarinato ciertamente antidemocrático, razón por la cual hemos de señalar la especial serenidad con que han de ser analizados los cambios en la función directiva pública.


domingo, 16 de febrero de 2020

Sobre o Currículum dos políticos, a titulitis e o perigo do elitismo intelectual

Interesantísimo artigo de Santiago Lago, duns meses atrás, introducindo o debate sobre o exceso de titulítis e preparación teórico-académica que se exixe aos políticos, fronte a outras competencias informais imprescindibles tanto ou máis tamén en todo polític@. Da para pensar un anaco.

jueves, 6 de febrero de 2020

Unha charla precisa e moi clariña sobre o estado da función directiva pública en España. En resumo: "ni está ni se le espera". Polo maestro Jiménez Asensio.

Unha charla moi interesante e clara sobre o estado da cuestión da función directiva pública en España. Co selo inconfundible do experto, profesor e consultor público Jiménez Asensio. Imprescindible para os estudantes do Grao en Dirección e Xestión Pública.
Ver charla

sábado, 1 de febrero de 2020

La selección del personal directivo en el gobierno de coalición psoe-podemos



A vueltas una vez más con el modelo de dirección pública profesional. Motiva esta entrada la utilización por parte del nuevo gobierno de coalición, de la salvedad legislativa que permite que el personal directivo pueda no reunir la condición de funcionario, condición -la de ser obligatoriamente funcionario de grupo A1- consolidada profusamente por la antigua LOFAGE, dando lugar a lo que el maestro Ramió entre otros ha denominado “spoil system de circuito cerrado”.
A este respecto vaya por delante que el modelo al que debe tender España es, a mi opinión, el modelo de Dirección pública profesional, por lo tanto un modelo en el que se acredite fehacientemente el poseer una alta competencia en funciones directivas. Dicho esto, lo relevante –y eso motiva esta entrada– no es tanto si el can es galgo o podenco (funcionario o no) como sí se poseen o no dichas competencias directivas.
Esta entrada tiene su origen también en el hecho de poder diferenciar, con justicia, culpas y procedimientos pues al gobierno actual se le ha criticado duramente por los efectos de un sistema directivo público atrasado en perspectiva comparada con el resto de Europa y eso por desgracia no es un déficit de nuevo cuño.
No he podido analizar porqué se ha utilizado la figura del directivo público –no funcionario– ; y si ello se hace para colocar afines sin bagaje directivo suficiente critiquémoslo; pero me da la impresión de que la crítica tiene un cierto “tufo” corporativista, y escribe esto quien es servidor público al que le podría interesar ese corporativismo… Si somos puristas, con un modelo profesional de función directiva como en buena parte de europa, nos debe preocupar que lleguen a la función directiva las más preparadas, independientemente de que sean o no funcionarias. La apertura o no de la DPP a externos a la función pública se puede acotar, justificar, etc; pero lo habitual en los modelos desarrollados de DPP es que, más o menos acotada, se permita. De hecho, todos conocemos excepcionales funcionari@s que son excepcionales por su labor de estudio, informe o auditoría, pero que sospechamos que serían nefastos como directiv@s como nos recuerda constantemente el maestro Jiménez Asensio.
Extendamos pues los 100 días de gracia también a como se están cooptando el personal directivo, y si descubrimos por el medio al primo, al vecino o al amigo y carecen de competencias directivas critiquémoslo a conciencia.
Por último, recordar que el circuito de legitimidad democrática es el validado por las urnas, no lo estrangulemos tecnocráticamente, dejemos que se hagan los equipos desde la suficiencia, pero no obstaculicemos la implementación de las políticas públicas con aspectos corporativistas, la función directiva pública profesional no es eso sino todo lo contrario. Que nos dirijan las mejores no las “mucho funcionarias”, más funcionarias y de más alto rango o escalafón jerárquica…
Todo esto se podría arreglar en buena medida trabajando un modelo de acreditación de competencias directivas, como una y otra vez nos recuerda ese activo “think tank” de la Asociación para la Dirección Pública, al que a ver si de una vez la política le hace caso…